IUS NATURALISMO
Es una tendencia teórica que explica al derecho en
función de los valores que protege o de los fines que persigue: la justicia, el
bien común, la seguridad jurídica, la libertad, la igualdad entre otros.
Admite dos tipos de derecho, el positivo y el
natural, sosteniendo la primacía del segundo sobre el primero, ya que el
derecho natural son los valores que el derecho positivo tiene que reconocer si
quiere ser derecho.
Los orígenes de esta tendencia están localizados
en la escuela estoica de la filosofía, que sostenía que la naturaleza es el
principio rector que penetra todo el universo. Al respecto del derecho natural
postulaba que era idéntico a la ley de la razón, ya que el hombre en cuanto a
su naturaleza es una criatura racional.
El iusnaturalismo como doctrina, con todas sus
variaciones históricas han conservado a lo largo de la historia más o menos la
misma problemática: ¿qué es el derecho? ¿Cuál es el valor o fin del derecho?.
La respuesta que los iusnaturalistas han dado en
este terreno sin coincidentes en lo fundamental. El derecho positivo se define
en función del derecho natural.
Aún dentro del iusnaturalismo, existen dos
corrientes, una tradicional, cuyo máximo exponente es Tomás de Aquino, que
refleja en la voluntad de Dios la creación del derecho natural; mientras que el
iusnaturalismo racionalista considera que el derecho natural es un valor a
alcanzar, y que su origen está en la naturaleza humana, de ahí que se basa en
el principio que el hombre es un ser dotado de voluntad y razón.
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